SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1309/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1309/2011-R

Fecha: 26-Sep-2011

I.1.1. Hechos que la motivan

Hasta el mes de enero de 2009 se le canceló sus haberes conforme a ley; sin embargo, a partir del mes de febrero no se le canceló su salario, motivo por el cual bajo el argumento de que hubo una equivocación en el giro de la papeleta de pago, el mes de marzo reclamó insistentemente la entrega y pago de su boleta al Director de la Unidad Educativa, quien le instruyó que presente sus reclamos al Distrito Cercado I donde le manifestaron que se estaba realizando un cambio de ítems y que se le pagaría lo debido; el 21 de abril de 2009 mediante carta dirigida a su Director reclamó la falta de pago de sus salarios.

Cumplió sus funciones como profesor en forma continua y sin observación hasta el mes de abril de 2009, el 15 de mayo del mismo año el Director de la Unidad Educativa le hizo conocer que por órdenes superiores fue sustituido por el profesor Santos Fernández, por lo que el 18 de mayo de 2009 ya no le dejaron ingresar a la Unidad Educativa por orden verbal de su Director, René Ordoñez, sin que se le haya hecho conocer las razones de su destitución oportunamente y por escrito.