SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1309/2011-R
Fecha: 26-Sep-2011
El personal docente y administrativo prestará sus servicios durante toda la gestión escolar obligatoriamente en la unidad educativa donde fue contratado
Antes de ingresar al análisis del caso, es necesario señalar algunos aspectos relacionados con la problemática planteada; si bien es evidente que el accionante accedió al cargo de profesor de electricidad de la Unidad Educativa “Luis Quintín Vila” vía concurso de meritos a través del memorándum 39026 e ítem 3888 como maestro interino, es imprescindible y por un elemental principio de respeto a la dignidad de las personas que para el caso de despido o destitución se lo haga en la forma como fue contratado, mediante memorándum en el que se le indique las razones de la decisión asumida, el que necesariamente deberá ser oportuna al finalizar la gestión y antes de iniciar una nueva, este último aspecto está regulado por el DS 25255 de 18 de diciembre de 1998, que señala en su art. 3: “El personal docente y administrativo prestará sus servicios durante toda la gestión escolar obligatoriamente en la unidad educativa donde fue contratado. Únicamente en casos de fuerza mayor debidamente justificados ante la Dirección de Desarrollo Social de la Prefectura del Departamento se autorizará el traslado de un maestro a otro distrito. En ningún caso procederá el traslado dentro de un mismo distrito.
Determinación legal que se justifica, teniendo en cuenta que es menester garantizar a los estudiantes y maestros la necesaria continuidad en el proceso enseñanza-aprendizaje que no puede ser interrumpido por la sustitución de un docente por otro, extremo regulado que es aplicable a todos los docentes de la educación fiscal, generando estabilidad en el proceso educativo y de formación de los alumnos en cada unidad educativa de todo el Estado Plurinacional, que es otra manifestación del cumplimiento de la Constitución Política del Estado; entendimiento que debe ser aplicado en estos casos.
- acción
- I.1.1. Hechos que la motivan
- 1)
- i)
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- El personal docente y administrativo prestará sus servicios durante toda la gestión escolar obligatoriamente en la unidad educativa donde fue contratado
- III.2.
- APROBAR