Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1309/2011-R
Fecha: 26-Sep-2011
II.3.
II.3. Mediante carta de 21 de abril de 2009 dirigida al Director Distrital Cercado I el personal docente del área humanística de la Unidad Educativa Técnico Humanístico “Luis Quintín Vila” hicieron conocer su apoyo al accionante ya que el mismo estuvo trabajando regularmente como docente de electricidad en el establecimiento (fs. 45 a 47); por carta de 8 de mayo de 2009 dirigida al Director Distrital de Cercado I, la Junta de Padres de Familia Unidad Educativa Técnico Humanístico “Luis Quintín Vila”, solicitaron la reposición inmediata del ítem 3888 correspondiente al accionante (fs. 50).
- acción
- I.1.1. Hechos que la motivan
- 1)
- i)
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- El personal docente y administrativo prestará sus servicios durante toda la gestión escolar obligatoriamente en la unidad educativa donde fue contratado
- III.2.
- APROBAR