Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1342/2011-R
Fecha: 30-Sep-2011
II.6.
II.6. La RA GM/DGAA/URH/RR 001/2009 de 8 de mayo, confirma el acto administrativo contenida en nota GM/DGAA/URH Cs 138/09 de 31 de marzo de 2009, misma que “establece que la solicitud de reincorporación se encuentra registrada en la base de datos y que se administrará de acuerdo a las vacancias existentes en su rango. Determinando en su artículo segundo que “el cese de funciones del P.S. Guillermo Saavedra Saavedra, ha sido dispuesto en fecha 15 de abril de 2007, en consecuencia no correspondiendo la cancelación de salarios devengados” (sic) (fs. 92 a 94).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- i)
- concedió en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Art. 38.- (DE LA CONCLUSION DE SERVICIOS EN EL EXTERIOR).-
- III.2. Análisis del caso concreto
- APROBAR