SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1351/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1351/2011-R

Fecha: 30-Sep-2011

improcedente”

A través de la Resolución 41/2009 de 17 de septiembre, cursante de fs. 116 vta.,  a 117, la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, declaró “improcedente” la acción de amparo constitucional, estableciendo que no se consideró  el “recurso” en vista de existir un recurso de apelación pendiente, por lo que no se ha vulnerado derecho ni garantía constitucional.

En consecuencia y por lo señalado precedentemente, se constata que la situación planteada no se encuentra dentro de las previsiones y alcances del art. 128 de la CPE, por lo que el Tribunal de garantías, al haber declarado “improcedente” la acción, ha efectuado una adecuada compulsa de los antecedentes procesales y dado correcta aplicación al citado precepto constitucional.