SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1394/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1394/2011-R

Fecha: 30-Sep-2011

III.2. Análisis del caso de autos

En la problemática planteada, la accionante denuncia que a consecuencia de  una demanda coactiva social el Juez demandado pronunció Auto de solvendo el 11 de septiembre de 2009, ordenando su citación y emplazamiento en un domicilio erróneo y por Auto de 25 de junio de 2010, confirmó el indicado Auto de solvendo declarando probada la demanda coactiva social, Resolución que al tener la calidad de sentencia no le fue notificada de manera personal, procediendo a su notificación vía cédula judicial documento que igualmente consignaba el domicilio incorrecto; ante esas anomalías presentó incidente de nulidad de citación y notificación solicitando además la suspensión temporal del mandamiento de apremio, el que fue expedido sin previamente resolver su incidente planteado y por ello considera que se encuentra ilegalmente perseguida.

De acuerdo a la jurisprudencia glosada en el Fundamento Jurídico III.1 de la presente Sentencia Constitucional, para que se abra la tutela que brinda la acción de libertad, es preciso que previamente se determine si existen los medios de impugnación específicos e idóneos para restituir el derecho a la libertad en forma inmediata, pero además de ello, se debe considerar también que cuando se acciona en forma paralela un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico, es lógico suponer que tampoco procede esta acción tutelar en aplicación de la excepción de subsidiariedad, ello debido a que el accionante, no puede activar dos jurisdicciones en forma simultánea para efectuar sus reclamos.