AUTO CONSTITUCIONAL 0068/2012-RCA-SL
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0068/2012-RCA-SL

Fecha: 04-Oct-2012

1)

En la causa de pedir contiene dos elementos: 1) Fáctico, que está referido a los hechos que sirven de fundamento a la acción; 2) Normativo, en la debe tomarse en cuenta los derechos o garantías invocados como lesionados por los hechos, que deben ser precisados por la accionante; sin embargo, en los hechos necesariamente se acreditará el derecho vulnerado, es preciso que exista una relación de causalidad entre el hecho que sirve de fundamento y la lesión causada al derecho o garantía. De ahí que el cumplimiento de esta exigencia no se reduce a enumerar artículos, sino a explicar desde el punto de vista causal, cómo los hechos fueron lesionados.