AUTO CONSTITUCIONAL 0068/2012-RCA-SL
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0068/2012-RCA-SL

Fecha: 04-Oct-2012

II.5.  Análisis del caso enviado en revisión

En el caso de autos, la demandante manifestó que dentro del proceso administrativo seguido en contra suya por el Director de Mercados del GAMLP, dispuso revertir el puesto de ventas que ella ocupaba, determinación que se considera lesiva contra su derecho al debido proceso, porque supuestamente se vio coartada de ejercitar su derecho a la defensa, ya que no se dio la igualdad procesal e imparcialidad que debe revestir este tipo de procedimientos.

La Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, al pronunciar la Resolución 476/2011 de 16 de mayo, por la que rechazó in limine la acción de amparo constitucional, señaló el incumplimiento por parte de la accionante del art. 97.II de la LTC, como requisito de forma y de los parágrafos III. IV y VI del mismo artículo como requisitos de contenido.