Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0081/2012-RCA-SL
Fecha: 16-Oct-2012
1)
Los accionantes solicitan se admita la presente acción de amparo constitucional, resolviendo en el fondo se conceda la tutela jurídica impetrada, disponiendo lo siguiente: 1) Se deje sin efecto y se anule el proceso de amparo administrativo minero, hasta que se subsane la demanda misma, anular obrados hasta que se lleve a cabo la comprobación sumaria de los hechos; y, 2) Se disponga que los recurridos, procedan al pago de daños y perjuicios.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan
- a)
- I.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- 1)
- rechazó in limine
- II.1. Aplicación de la Ley 1836 para la liquidación de acciones tutelares ingresadas hasta el 31 de diciembre de 2011
- Fragmento 8
- II.2. Revisión de las resoluciones de rechazo e improcedencia por la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional en las acciones de defensa
- VI. Fijar con precisión el amparo que se solicita para preservar o restablecer el derecho o la garantía vulnerados o amenazados
- II.4. De los requisitos de admisión del amparo constitucional
- II.4.1. Exponer con precisión y claridad los hechos que le sirvan de fundamento
- amenazados
- II.4.3. Fijar con precisión el amparo que se solicita para preservar o restablecer el derecho o la garantía vulnerados o amenazados
- II.5. Análisis del caso concreto
- APROBAR