AUTO CONSTITUCIONAL 0095/2012-RCA-SL
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0095/2012-RCA-SL

Fecha: 24-Oct-2012

Decreto de 17 de diciembre de 2010

         En cuanto al cómputo efectuado, se explica que dicho plazo corre a partir de del Decreto de 17 de diciembre de 2010; en ese sentido,                  SC 0521/2010-R de 5 de julio, estableció que: “…1. El cómputo del plazo de los seis meses para la interposición de la acción de amparo, es desde la notificación con la resolución o auto de vista que agota la vía, dado que ha sido el último actuado idóneo. Sin considerar los recursos, incidentes u otros medios no previstos por ley, o presentados extemporáneamente, aún en los casos de equivocación o error en su presentación, los cuales se consideran inidóneos.