AUTO CONSTITUCIONAL 0102/2012-RCA-SL
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0102/2012-RCA-SL

Fecha: 24-Oct-2012

II.4.

Sin embargo, en aquellos casos en los que la autoridad judicial o administrativa que presuntamente causó lesiones a derechos fundamentales hubiera dejado de ejercer el cargo y hubiera asumido otro en su reemplazo, la demanda tendrá que ser dirigida contra la nueva autoridad, porque corresponde a ésta presentar el informe pertinente al Tribunal de garantías en base a los antecedentes que cursan en el respectivo despacho. 

En esos términos se pronunció la SC 0763/2010-R, de 2 de agosto, estableciendo lo siguiente: “III.2.3. En los casos en que la autoridad judicial o administrativa hubiese dejado el cargo, la acción debe dirigirse contra la nueva autoridad que tiene la posibilidad de corregir el supuesto acto o resolución ilegal