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    AUTO CONSTITUCIONAL 0107/2012-RCA-SL
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0107/2012-RCA-SL

    Fecha: 24-Oct-2012

    I.2. Derecho y garantías supuestamente vulnerados

    El accionante, estima vulnerados sus derechos y garantías de su representada a la petición, al debido proceso citando al efecto los arts. 24, 115.I y II y 117.I de       la Constitución Política del Estado (CPE); 8.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; 10 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • I.2. Derecho y garantías supuestamente vulnerados
    • rechazó
    • II.1.  Aplicación de la Ley 1836 para la liquidación de acciones   tutelares ingresadas hasta el 31 de diciembre de 2011
    • Fragmento 6
    • II.2. Revisión de las resoluciones de rechazo e improcedencia por la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional en las acciones de defensa
    • VI. Fijar con precisión el amparo que se solicita para preservar o restablecer el derecho o la garantía vulnerados o amenazados
    • II.4.  Sobre los requisitos de admisión del amparo constitucional
    • II.4.1. Exponer con precisión y claridad los hechos que le sirvan de fundamento (art. 97.III de la LTC)
    • amenazados (art. 97.IV de la LTC)
    • II.4.3. Fijar con precisión el amparo que se solicita para preservar o restablecer el derecho o la garantía vulnerados o amenazados (art. 97.VI de la LTC)
    • 1)
    • rechazo in limine
    • APROBAR

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