AUTO CONSTITUCIONAL 0107/2012-RCA-SL
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0107/2012-RCA-SL

Fecha: 24-Oct-2012

rechazo in limine

En ese entendido, no es posible admitir la acción de amparo constitucional, ni ingresar al fondo de la misma, ya que su elaboración fue efectuada en inobservancia de los requisitos de contenido previstos para la acción, referidas a la exposición precisa y clara de los hechos que le sirvan de fundamento a su acción pretendida, debiendo además haber fijado con precisión cuáles los derechos, garantías que se consideran como vulnerados, el amparo que solicitan para preservar o restablecer sus derechos, los cuales consideran que fueron vulnerados, puesto que en la relación fáctica que hace el accionante en su memorial, no existe coherencia entre los hechos relatados y los derechos, garantías que acusa de vulnerados, la supuesta lesión ocasionada a los mismos y la petición. Estos requisitos de contenido, por otra parte no son susceptibles de subsanación, lo cual da lugar al rechazo in limine de la misma.