AUTO CONSTITUCIONAL 0107/2012-RCA-SL
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0107/2012-RCA-SL

Fecha: 24-Oct-2012

II.4.  Sobre los requisitos de admisión del amparo constitucional

El art. 97 de la LTC establece los requisitos tanto de forma como de contenido del recurso de amparo constitucional, con el objeto de evitar el inicio de un procedimiento que carezca de los elementos básicos necesarios para decidir sobre la pretensión jurídica deducida; sea para estimarla o desestimarla. De ahí que resulta conveniente puntualizar la relevancia procesal que tienen especialmente los tres requisitos de contenido, a que se refiere el art. 97 la de LTC: