AUTO CONSTITUCIONAL 0158/2012-RCA
Fecha: 02-Oct-2012
“4. Relación de los hechos”
El accionante, expuso los hechos que sirven de fundamento en la presente acción de defensa tutelar, al señalar que a objeto de ratificar la autorización emitida por el Viceministerio de Educación Superior de Ciencia y Tecnología del Ministerio de Educación mediante la RA 260/2005 de 15 de agosto, en favor el funcionamiento del Instituto Nacional de Ciencias Forenses, inició el proceso de ratificación, donde en desconocimiento de la parte accionante, el Director General de Educación Superior Técnica, Tecnología, Lingüística y Artística, solicitó criterio legal al Rector de la UNIPOL, quien emitió informe 039/2011, pidiendo sea rechazada la solicitud de la parte accionante, pronunciándose el referido Viceministerio de Educación Superior, mediante informe técnico 0373/2011, manifestando que, la oferta académica del Instituto Nacional de Ciencias Forenses está vinculada al ámbito policial, resolución que junto al informe legal IN./ME/VESFP/DGESTTLA 0597/2011 de 30 de junio, se constituyeron en el fundamento de la RA 30/2011, la cual determinó el rechazo de la solicitud del accionante, revocatoria de la anterior autorización y el cierre definitivo de esta institución, contra la cual se presentó los recursos de revocatoria y jerárquicos que fueron resueltas mediante la RA 0034/2011 y la RM 001/12, desestimando y confirmando el rechazo de solicitud de ratificación de autorización de funcionamiento del mencionado Instituto Nacional, determinaciones administrativas que considera lesivas al debido proceso, a la seguridad jurídica y los derechos a la defensa, a la educación técnica y al trabajo.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- rechazo in limine
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 6
- II.2.
- Fragmento 8
- II.3. Análisis del caso en revisión.
- “1. Nombre, apellido y generales de quien interpone la acción o de su representante legal, acompañando en este último caso, la documentación que acredite su personería. En el caso de terceras personas que tengan interés legítimo, deberán acreditar el interés alegado. Además, deberá indicarse la dirección de un correo electrónico u otro medio alternativo de comunicación inmediata”
- “2. Nombre y domicilio contra quien se dirige la acción, o los datos básicos para identificarla o identificarlo, así como, en el caso de que se conozca, el lugar donde pueda ser notificada o notificado”
- “4. Relación de los hechos”
- “7. Las pruebas que tenga en su poder o señalamiento del lugar donde se encuentren”
- “8. Petición”
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