Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0158/2012-RCA
Fecha: 02-Oct-2012
“7. Las pruebas que tenga en su poder o señalamiento del lugar donde se encuentren”
Asimismo, adjuntó como prueba las fotostáticas de las RRAA 0034/2011 (fs. 21 a 24), 0030/2011 (fs. 31 a 34), 260/2005 de 15 de agosto (fs. 82 a 83), RRMM 001/12 (fs. 1 a 7), 432/06 (fs. 51 a 54), además de los informes 039/2011 de 15 de abril (fs. 37 a 38), IN:/ME/VESFP/DGESTTLA 0373/2011 de 29 de abril (fs. 39 46), y fotostática simple de RM 717/2009 de 19 de octubre (fs. 55 a 77).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- rechazo in limine
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 6
- II.2.
- Fragmento 8
- II.3. Análisis del caso en revisión.
- “1. Nombre, apellido y generales de quien interpone la acción o de su representante legal, acompañando en este último caso, la documentación que acredite su personería. En el caso de terceras personas que tengan interés legítimo, deberán acreditar el interés alegado. Además, deberá indicarse la dirección de un correo electrónico u otro medio alternativo de comunicación inmediata”
- “2. Nombre y domicilio contra quien se dirige la acción, o los datos básicos para identificarla o identificarlo, así como, en el caso de que se conozca, el lugar donde pueda ser notificada o notificado”
- “4. Relación de los hechos”
- “7. Las pruebas que tenga en su poder o señalamiento del lugar donde se encuentren”
- “8. Petición”
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