AUTO CONSTITUCIONAL 0168/2012-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0168/2012-RCA

Fecha: 10-Oct-2012

art. 518 del CPC, que refiere a la inexistencia de recurso ulterior a más de apelación en ejecución de sentencia

Finalmente, manifiesta que interpuso un recurso extraordinario de casación pero la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, denegó dicho recurso, en virtud del art. 518 del CPC, que refiere a la inexistencia de recurso ulterior a más de apelación en ejecución de sentencia.