AUTO CONSTITUCIONAL 0168/2012-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0168/2012-RCA

Fecha: 10-Oct-2012

Resolución 01/2011 de 4 de enero

Refiere que, luego de todas esas actuaciones, el Juez titular Félix Peralta, emitió la Resolución 01/2011 de 4 de enero, haciendo mención sólo a la repartición y división, ignorando la oposición de la accionante a la prueba recibida fuera de plazo legal, impidiéndole cualquier otra posibilidad de reclamo, sólo le quedaba la opción de recurrir al Juez Ad quem, en apelación, quienes argumentaron que el art. 397 del CPC señala que: “Las pruebas producidas en la causa serán apreciadas por el juez de acuerdo a la valoración que les otorgare la ley; pero si esta no determinare otra cosa, podrá apreciarlas conforme a su prudente criterio o sana crítica”, que les hizo suponer que las actuaciones del Juez A quo, se encontraban dentro del marco legal, confirmando así el contenido de la impugnada disposición de 4 de diciembre de 2011, mediante Auto de Vista D-10/12 de 16 de enero de 2012.