Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0169/2012-RCA
Fecha: 10-Oct-2012
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
Los accionantes solicitaron tutela de sus derechos a la dignidad; a la integridad física y psicológica; a la igualdad; a la dignidad; al trabajo y estabilidad laboral; al debido proceso; y, “a la formación, ejercicio y control del poder”; sin embargo, al haberse declarado la improcedencia y el rechazo in limine por el Juez de garantías, corresponde, a la Comisión de Admisión en revisión dilucide si tal declaratoria se enmarca dentro de las previsiones de la Constitución Política del Estado, la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional y el Código Procesal Constitucional.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- a)
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 7
- Fragmento 8
- II.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 10
- II.3. Sobre la presentación de una nueva acción de amparo constitucional
- II.4. Análisis de los requisitos de admisibilidad de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 13
- “1. Nombre, apellido y generales de quien interpone la acción o de su representante legal, acompañando en este último caso, la documentación que acredite su personería. En el caso de terceras personas que tengan interés legítimo, deberán acreditar el interés alegado. Además, deberá indicarse la dirección de un correo electrónico u otro medio alternativo de comunicación inmediata”
- empero, no indicaron la dirección de un correo electrónico u otro medio alternativo de comunicación inmediata.
- “2. Nombre y domicilio contra quien se dirige la acción, o los datos básicos para identificarla o identificarlo, así como, en el caso de que se conozca, el lugar donde pueda ser notificada o notificado”
- “4. Relación de los hechos”
- “8. Petición”
- 2º Disponer