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    AUTO CONSTITUCIONAL 0182/2012-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0182/2012-RCA

    Fecha: 31-Oct-2012

    I.3. Petitorio

    Solicita que se considere el incumplimiento del art. 33 de la LPA, se declarare “procedente” la acción y se disponga la nulidad del proceso administrativo seguido en su contra, hasta la resolución de inicio del sumario administrativo; y se le cite formal y personalmente según lo determina el art. 33.I y II de la citada Ley, por último se disponga el pago de costas, daños y perjuicios.

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • I.3. Petitorio
    • improcedencia in limine
    • II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
    • II.1. Revisión de las resoluciones de rechazo e improcedencia in limine  por la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional en las acciones de defensa
    • Fragmento 7
    • cumpla las disposiciones constitucionales y legales
    • al alcance de la acción de cumplimiento
    • a) Normas constitucionales, las cuales, como se ha visto, tienen un valor normativo inmediato y directo y a cuya observancia están obligados los servidores públicos y los particulares (arts. 9.4, 108 numerales 1, 2 y 3 y 410 de la CPE); b)
    • II.3.   Causales de improcedencia de la acción de cumplimiento
    • En procesos o procedimientos propios de la administración, en los cuales se vulneren derechos y garantías constitucionales, tutelados por la Acción de Amparo Constitucional.
    • II.4. Análisis del caso presente
    • CONFIRMAR

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