Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0803/2012-CA
Fecha: 10-Oct-2012
Jueza del Juzgado Primero de Instrucción en lo Civil de la ciudad de La Paz
En consulta la Resolución 408/2011 de 4 agosto, cursante de fs. 270 a 274, pronunciada por la Jueza del Juzgado Primero de Instrucción en lo Civil de la ciudad de La Paz, por la que rechazó la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad ahora -acción de inconstitucionalidad concreta-, interpuesta por Carolina Gamarra Cespedes demandando la inconstitucionalidad de los arts. 623.1, 517 y 518 del Código de Procedimiento Civil (CPC), por presuntamente vulnerar los arts. 13, 109, 110, 115, 117, 119, 120 y 132 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Jueza del Juzgado Primero de Instrucción en lo Civil de la ciudad de La Paz
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- II.2. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Atribución de la Comisión de Admisión
- II.4. Cumplimiento de los requisitos de procedencia
- podrá ser presentado por una sola vez en cualquier estado de la tramitación del proceso judicial o administrativo
- administrativo, aun en recurso de casación y jerárquico, antes de la ejecutoria de la sentencia
- La existencia de una sentencia o resolución final pendiente a la que sea aplicable la constitucionalidad o inconstitucionalidad de una ley, decreto o resolución no judicial impugnado y c) que la sentencia no se encuentre ejecutoriada”