AUTO CONSTITUCIONAL 0830/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0830/2012-CA

Fecha: 31-Oct-2012

art. 59 de LTC

De la fundamentación expuesta por el recurrente se advierte que el recurso incidental de inconstitucionalidad, cumple con el art. 59 de LTC, pues se presentó dentro de un proceso ejecutivo, en la etapa de ejecución de sentencia, que constituye una etapa más del proceso judicial. También se cumplió con el art. 60 del mismo cuerpo legal, pues se hace mención a la norma impugnada como es el art. 534 I y II del CPC, señalándose los preceptos constitucionales supuestamente infringidos (arts. 25 y 56.I y II de la CPE), se advierte finalmente un fundamento de inconstitucionalidad expuesta de manera ordenada y coherente con relación a la norma impugnada.