SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1617/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1617/2012

Fecha: 01-Oct-2012

III.5. Análisis del caso concreto

De los datos en el presente caso, los accionantes activaron la acción de libertad en forma posterior a su arresto, es decir cuando ya se hallaban en plena libertad. El cese del arresto fue a horas 17:00 de 24 de agosto de 2012 y el planteamiento de la acción fue a horas 18:53 del mismo día, mes y año, según a la nota de cargo de presentación, corresponde ingresar al análisis de fondo, conforme al Fundamento Jurídico III.2 de la presente Sentencia Constitucional, que prevé que por situaciones debidamente razonables, se puede hacer una excepción de la regla general de presentar la acción de libertad mientras persista la privación de libertad.