Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1645/2012
Fecha: 01-Oct-2012
II.3.
II.3. La Sala Penal Primera de la Corte Suprema -ahora Tribunal Supremo- de Justicia, emitió el Auto Supremo 537 de 6 de noviembre de 2010, que casa parcialmente el Auto de Vista recurrido y deliberando en el fondo declara a los procesados Raimundo Candia Avendaño, Ives Rolando Rosales Ríos y Mario Julio Gutiérrez Navarro autores de la comisión de los delitos de incumplimiento de deberes, falsedad ideológica, uso de instrumento falsificado y conducta antieconómica, previstos por los arts. 45, 154, 199 última parte, 203 y 224 primera parte del CP, imponiendo a cada uno la pena privativa de libertad de ocho años de reclusión (fs. 14 a 40 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1.Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica, alcances y ámbitos de tutela de la acción de libertad
- III.2.Alcances de la persecución ilegal o indebida, ámbito de protección a través de la acción de libertad
- III.3.Analisis del caso concreto
- APROBAR