Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1649/2012
Fecha: 01-Oct-2012
II.2.
II.2. Fotocopias de la parte resolutiva de audiencia conclusiva, por el cual el Juez Quinto de Instrucción en lo Penal, rechazó la solicitud de cesación a la detención preventiva, porque la documentación presentada, no constituyen nuevos elementos, para determinar que ya no concurren los motivos que la fundaron (fs. 6 vta. a 8 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- “deniega”
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. El debido proceso en medidas cautelares y su protección a través de la acción de libertad
- III.3. No corresponde a la jurisdicción constitucional la labor de ponderación de los suficientes elementos de convicción para la cesación de la detención preventiva
- III.4. Análisis del caso
- APROBAR