Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1654/2012
Fecha: 01-Oct-2012
II.4.
II.4. Mediante Auto Administrativo AD-UOBT-PRC-PAS-005/2012 de 29 de febrero, se inició proceso sumario administrativo contra el Aserradero Perla de San Julián, en la persona de su representante legal Carlos Hugo Añez Campos y el agente auxiliar Ricardo Rafael Villegas Aiza y Francisco Calderón Suárez, por la presunta comisión de la infracción forestal de Almacenamiento Ilegal de producto forestal, cuya prohibición se encuentra prevista y sancionada en el “art. 95.IV del Reglamento de la Ley Forestal”, y art. 10 de la Directriz Jurídica IJU 1/2006 de Procedimiento Administrativo Sancionador por infracciones al Régimen Forestal (fs. 103 a 107).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. De la subsidiariedad de la acción de amparo constitucional
- Ambos casos, se excluyen de la excepción al principio de subsidiaridad, que se da cuando la restricción o supresión de los derechos y garantías constitucionales denunciados, ocasionen perjuicio irremediable e irreparable, en cuya situación y de manera excepcional, procede la tutela demandada, aún existan otros medios de defensa y recursos pendientes de resolución(…)
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR