Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1663/2012
Fecha: 01-Oct-2012
II.8.
II.8. El accionante, el 28 de julio de 2012, reiteró su solicitud de audiencia de rebaja de fianza económica, que fue considerada el 3 de agosto del mismo año, rechazándola por Resolución de la misma fecha, con el argumento de que los inmuebles ofrecidos por el accionante como garantía para efectivizar la fianza, sus avalúos catastral como real ya fueron considerados en las anteriores resoluciones de rechazo, y que no cubren la fianza impuesta, además de estar gravado afianzando a otro imputado, resolución que no fue objeto de apelación (fs. 149 y 262 a 263).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- Fragmento 13
- III.2.
- III.3. Recurso de apelación incidental como medio idóneo para impugnar las resoluciones que dispongan, modifiquen o rechacen las medidas cautelares
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17