Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1728/2012
Fecha: 01-Oct-2012
II.4.
II.4. Recurso de revocatoria presentado por la accionante ante Notario de Fe Pública el 13 de septiembre de 2010; Proveído correspondiente de 16 del indicado mes y año firmado por el sumariante del SEDES de Cochabamba, en el que hizo constar que se aplicaron los plazos y procedimientos establecidos en las disposiciones legales contenidas en los DDSS 23318-A y 26237 (fs. 7 a 9).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- “improcedente”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- Fragmento 10
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Derecho al trabajo
- III.3. El derecho a la defensa como componente del debido proceso
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR