Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1754/2012
Fecha: 01-Oct-2012
2º
2º Que la autoridad demandada, se pronuncie en virtud a las solicitudes referidas en el Fundamento Jurídico III.4 de esta Sentencia Constitucional Plurinacional en el término de cuarenta y ocho horas, a partir de su notificación con la presente, en caso de no haberse otorgado la contestación reclamada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- improcedente
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Alcances y naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La subsidiariedad en la acción de amparo constitucional.
- III.3. Sobre el derecho de petición y el silencio administrativo negativo
- III.4. Análisis del caso concreto
- medios de impugnación
- 1º REVOCAR en parte
- 2º