Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1764/2012
Fecha: 01-Oct-2012
II.2.
II.2. Con la Resolución 082/2009 de 5 marzo, los accionantes fueron notificados el 11 de marzo de 2009 (fs. 90), y solicitaron explicación, complementación y enmienda (fs.91 y vta.), dictándose Auto de 13 de marzo de 2009, que declara NO HA LUGAR a la solicitud. (fs. 92), este Auto fue notificado el 20 de marzo del mencionado año (fs. 94).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- deniega
- I.3. Consideraciones de Sala
- I.4. Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La acción de amparo con referencia al principio de inmediatez
- 2.
- 3.
- III.3 Análisis del caso concreto
- APROBAR