SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1764/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1764/2012

Fecha: 01-Oct-2012

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Los accionantes denuncian que dentro del proceso coactivo civil  seguido en su contra por el cobro de $us45 000.-, no fueron notificados con la sentencia y menos se les corrió traslado con el señalamiento de remates, habiéndoles notificado supuestamente en el tablero del juzgado y en el domicilio señalado, ante este hecho plantearon incidente de nulidad de notificaciones, declarándose mediante Auto 136/2008 improbada la nulidad de obrados, contra dicho Auto se interpuso recurso de apelación, tramitado ante la Sala Civil Tercera de la Corte Superior que confirmó el mencionado Auto, a través de la Resolución 082/2009.

Contra la resolución que resolvió la apelación solicitaron explicación, complementación y enmienda que fue resulto mediante Auto de 13 de marzo de 2009, habiéndose notificado a los ahora accionantes el 20 del mismo mes y año. Hechos considerados como vulneraciones a sus derechos a la propiedad, al debido proceso, a la “seguridad jurídica”, a la defensa mencionando los arts. 7 inc. i), 16 y 119.II de la CPE, en ese sentido corresponde en revisión, analizar si tales aseveraciones son ciertas y si dan lugar o no a otorgar la tutela solicitada.