SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1844/2012
Fecha: 12-Oct-2012
II.4.
II.4. Cursa el formulario de declaración de 4 de agosto de 2010, realizado en las oficinas del módulo policial DP-8 “Los Tusequis”, por el cual Jorge Marcelo Claros, informó al policía asignado al caso, Luis Beltrán Bolívar Romero, que en los terrenos en cuestión, a horas 7:30 se encontraba descargando material de construcción cuando fueron sorprendidos por unas quince personas que fueron llamadas por otras, que estaban asentadas en los predios, quienes armados con palos, piedras, hondas y petardos los agredieron físicamente, viéndose obligados a marcharse pues los amenazaban con prenderle fuego a los camiones que transportaban material de construcción y al intentar retirar lo descargado, nuevamente fueron agredidos, empujados y golpeados, por lo que tuvieron que retirarse, dejando el material en el terreno, añadiendo que percibió que el medidor de agua ya no estaba y que habían intentado sustraer el trasformador de luz (fs. 22).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió
- I.2.4. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la naturaleza de la acción de amparo constitucional y su relación a las vías o medidas de hecho
- Fragmento 17
- III.2.
- III.3. Sobre la carga probatoria del accionante en medidas de hecho
- es imperante precisar que de manera específica, los 'avasallamientos', constituyen también vías de hecho, situación en la cual, cuando se denuncie afectación al derecho a la propiedad, la parte accionante, tiene la carga probatoria específica de acreditar su titularidad o dominialidad del bien en relación al cual se ejerció vías de hecho, aspecto demostrado con el registro de propiedad en mérito del cual se genera el derecho de oponibilidad frente a terceros; además, para este supuesto, es decir, para “avasallamientos”, como carga argumentativa, será necesario probar por cualquier medio legítimo, los actos o medidas circunscritos a las vías de hecho
- Fragmento 21
- III.4. Con relación al caso concreto
- conceder
- CONFIRMAR