Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1878/2012
Fecha: 12-Oct-2012
II.7.
II.7. Por Auto de 21 de agosto de 2012, la Jueza Primera de Instrucción Mixto de la provincia Germán Busch de Puerto Suárez, rechazó el recurso de reposición interpuesto por el ahora accionante y confirmó la providencia del 8 del mismo mes y año, y al haberse demostrado justos pagos por el demandado, ordena que por actuaría se elabore nueva liquidación descontando el monto cancelado. (fs. 4 a 5).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concediendo
- II.1.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y su naturaleza jurídica
- III.2. Sobre el apremio corporal en demanda de asistencia familiar
- III.3. Análisis en el caso concreto
- REVOCAR