SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1926/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1926/2012

Fecha: 12-Oct-2012

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Emilio Gutiérrez Colque, por la presunta comisión del delito de desobediencia a resoluciones en proceso de hábeas corpus, falsedad ideológica, uso de instrumento falsificado, asociación delictuosa con víctimas múltiples. El 2 septiembre de 2012, se celebró la audiencia de consideración de medidas cautelares en el Juzgado Quinto de Instrucción en lo Penal, en el cual mediante Resolución 533/2012 de 2 de septiembre, se dispuso “detención domiciliaria con escolta”, arraigo y fianza; en la audiencia, el accionante interpuso recurso de apelación incidental, conforme al art. 251 del Código de Procedimiento Penal (CPP), por considerar la medida de imposible cumplimiento.

El 7 de septiembre de 2012, ante el Juez de turno, solicitó día y hora para la modificación de la medida cautelar, señalándose audiencia para su consideración el 11 del mismo mes y año, instalada que fue, el Juez Primero de Instrucción en lo Penal, actuando en suplencia legal de su similar Décimo, suspendió la audiencia alegando la existencia del recurso de apelación pendiente de resolución, por lo que el justiciable solicitó reposición del Auto de suspensión, ante lo cual el referido Juez respondió sin ninguna fundamentación que lo manifestado por el abogado de la defensa no se adecuaba al procedimiento.

Considera que el Auto es carente de fundamentación, por lo que, en aplicación del art. 125 del CPP, solicitó complementación y enmienda siendo rechazada sin ningún trámite, y negándole así, el derecho a ser oído, motivo por el que está detenido ilegalmente en celdas judiciales pese a gozar de la detención domiciliaria.