Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1928/2012
Fecha: 12-Oct-2012
II.1.
II.1. Ana María Quiroga Camacho, Responsable de la Unidad de Transparencia del Gobierno Autónomo Municipal de Colcapirhua, informó a Milton Garabito Monrroy, Alcalde de la referida entidad edil, que Francisco Carlos Álvarez Hamide no actuó con ética, transparencia y honestidad debido a que en uso de su “embestidura” de dirigente sindical procedió a sacar permisos con la excusa de realizar actividad sindical; sin embargo, en dos ocasiones se evidenció que se reunía en horarios de oficina para compartir en locales públicos dejando de lado sus actividades inherentes a “funcionario” público y tampoco cumplió con sus labores como dirigente sindical (fs. 24 a 25 vta.)
- acción de amparo constitucional
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- 4)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Aplicación del principio de subsidiariedad en acción de amparo constitucional
- III.3. Impugnabilidad de las resoluciones sancionatorias administrativas municipales
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR