SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1963/2012
Fecha: 12-Oct-2012
concedió
La Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 23/11 de 16 de marzo de 2011, cursante de fs. 113 a 114 vta., la que concedió la tutela solicitada, disponiendo: dejar sin efecto la Resolución 32/2011 de 4 de marzo, “debiendo el Tribunal Sexto de Sentencia con carácter previo y en resguardo al derecho a la petición, pronunciarse sobre el memorial que le fuere presentado en la referida fecha” (sic); en base a los siguientes fundamentos: a) Más allá de determinar la legalidad o no de la competencia o incompetencia del Tribunal que emitió la RA 002/2011, no correspondería a éste Tribunal ingresar a su consideración; sin embargo, ante la falta de pronunciamiento al memorial de 2 de marzo, ”este Tribunal simplemente debe ceñirse a la falta de pronunciamiento en cuanto al derecho a la petición” (sic); b) Ante la solicitud de declinatoria presentada por el Director de Régimen Penitenciario el 2 de marzo de 2011, realizada al Tribunal Sexto de Sentencia Penal, ante la falta de respuesta a esa solicitud y sin más consideración se dispuso el traslado del detenido preventivamente Leopoldo Fernández Ferreira, al penal de San Pedro; y, c) Respecto a la subsidiariedad, se estableció que procede la tutela aun prescindiéndose de la naturaleza subsidiaria dela acción de amparo constitucional, toda vez, que de efectuarse el traslado dispuesto por el Tribunal Sexto de Sentencia Penal, se ocasionaría un irreparable perjuicio, puesto que conforme los informes emitidos por el Director de Régimen Penitenciario, corría riesgo un valor superior que ameritó la inmediata protección.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3. Intervención del tercer interesado
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El derecho al debido proceso
- III.3. El derecho a la tutela judicial efectiva
- III.4. Respecto a la seguridad jurídica
- III.5. Análisis del caso concreto
- 1º CONFIRMAR en parte