SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1973/2012
Fecha: 12-Oct-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante denunció la vulneración de sus derechos al debido proceso, “a una resolución motivada”, a la tutela judicial efectiva y a la “seguridad jurídica”, señalando que los Vocales de la Sala Penal Primera, realizaron una mala valoración del art. 133 del CPP, al dar curso al incidente de extinción de la acción penal interpuesto por dos de los imputados, sin haber tomado en cuenta la explicación que hizo respecto a la dilaciones existentes en el proceso, quienes además, habrían determinado erróneamente que las demoras serían atribuibles al administrador de justicia y a la parte querellante, utilizando criterios genéricos, sin realizar una auditoría procesal detallada, cuando los imputados todavía se encontraban procesados dentro de los tres años a que se refiere la norma indicada. En consecuencia, corresponde determinar, en revisión, si los extremos demandados son evidentes para conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- denegó
- I.2.5. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 14
- el recurrente debe fundamentar en su recurso, ahora acción, los siguientes aspecto: ”1. (…) por qué la labor interpretativa impugnada resulta insuficientemente motivada, arbitraria, incongruente, absurda o ilógica o con error evidente, identificando, en su caso, las reglas de interpretación que fueron omitidas por el órgano judicial o administrativo, y 2. Precise los derechos o garantías constitucionales que fueron lesionados por el intérprete, estableciendo el nexo de causalidad entre éstos y la interpretación impugnada; dado que sólo de esta manera la problemática planteada por el recurrente, tendrá relevancia constitucional”
- que el demandante o accionante debe invocar y fundamentar cuáles fueron las infracciones a las reglas de la interpretación admitidas por el derecho; (…) pues no ha expresado con precisión las razones que sustentan su posición, ni identificó con claridad qué criterios o principios interpretativos no fueron empleados o fueron desconocidos por las autoridades judiciales demandadas
- Establezca el nexo de causalidad entre la ausencia de motivación, arbitrariedad u otra situación absurda, por no aplicar la interpretación que considera debió efectuarse, y los derechos y/o garantías que conforman el bloque de constitucionalidad, y que han sido lesionados con dicha interpretación, explicando sí el resultado, cuál la relevancia constitucional'
- Fragmento 18
- III.4. Con relación al caso concreto
- denegar
- CONFIRMAR