Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1974/2012
Fecha: 12-Oct-2012
II.5.
II.5. Cursa el Auto Interlocutorio Definitivo de 16 de septiembre de 2010, dictado por el Juez Cuarto de Partido en lo Civil, -autoridad demandada-, por el cual se ordenó la cancelación de la transferencia y de los gravámenes inscritos con posterioridad a la interposición de la acción de amparo constitucional, a efectivizarse luego de la ejecutoria del citado Auto (fs. 87 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- Fragmento 8
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre la subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR