Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2016/2012
Fecha: 12-Oct-2012
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 72/11 de 21 de febrero de 2011, cursante de fs. 74 a 78 pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Mercedes Arévalo Sandoval contra Ana María Forest Cors y Jorge Monasterios Franco, Ministros de la Sala Penal Primera de la Corte Suprema -ahora Tribunal Supremo- de Justicia.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- deniega
- I.3. Consideraciones de sala
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- es un recurso extraordinario y no subsidiario establecido para proteger y en su caso restablecer los derechos consagrados en la Constitución Política del Estado
- III.2. Requisitos para que la jurisdicción constitucional pueda ejercer el control de la legalidad ordinaria
- III.3. Respecto al derecho al debido proceso y la legitima defensa
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR