AUTO CONSTITUCIONAL 0123/2012-RCA-SL
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0123/2012-RCA-SL

Fecha: 19-Nov-2012

a)

Solicita se conceda la tutela de la acción de amparo constitucional y en su defecto se disponga: a) Que los demandados se impidan de realizar cualquier acto que restrinja el derecho al uso y goce pacífico del ambiente otorgado a su persona en calidad de arrendamiento para su uso como bazar, bajo sanción de reparación por daños y perjuicios en caso de incumplimiento; b) El cese de los actos ilegales e indebidos y la prohibición expresa de ejercer actos de presión o actos de suscripción de nuevos contratos a la fuerza con ella; c) Que los demandados se inhiban de realizar ejercicio de justicia directa, en relación a la validez, invalidez del contrato de arrendamiento; d) Se deje sin efecto la nota de anulación de contrato de 12 de marzo de 2011, el Memorándum de 1 de abril de año igual y la disposición de 8 de junio del mismo año; e) Se garantice el desarrollo normal de su actividad comercial, la cual es su trabajo; f) Se disponga que los demandados, se inhiban de realizar cualquier tipo de afirmaciones y/o acto de amenaza u Hostigamiento a su persona con la finalidad de desalojarla; g) Se disponga que en ejecución de fallos se establezca la responsabilidad civil con monto indemnizable a su favor; y, h) El pago de costas a su favor.