AUTO CONSTITUCIONAL 0168/2012-RCA-SL
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0168/2012-RCA-SL

Fecha: 30-Nov-2012

6)  Fijar con precisión el amparo que se solicita para preservar o restablecer el derecho o la garantía vulnerados o amenazados.

Finalmente, en este acápite corresponde dejar sentado que esta instancia no pudo verificar si la acción de amparo fue presentada cumpliendo los presupuestos de subsidiariedad e improcedencia, en razón a que, el Tribunal de garantías ordenó prematuramente la devolución de la documentación adjunta, por lo que no consta la fecha de la diligencia de notificación del Auto Supremo que presuntamente habría vulnerado los derechos del -ahora accionante-, dato que se considera esencial a efectos de establecer si se observó el principio de inmediatez.