AUTO CONSTITUCIONAL 0186/2012-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0186/2012-RCA

Fecha: 01-Nov-2012

el 30 de mayo de 2012, interpuso la primera acción de amparo constitucional

Finalmente, dando continuidad a las gestiones, la abogada de la accionante, el 30 de mayo de 2012, interpuso la primera acción de amparo constitucional, en respuesta a la cual la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, por Resolución 131 de 31 de mayo de igual año (fs. 162) declinó competencia en razón a la jurisdicción territorial, disponiendo el envío del expediente a la Sala de Turno del Tribunal Departamental de La Paz, la que a su vez, mediante Resolución 15/2012 de 19 de junio (fs. 166 a 167) rechazo in limine la acción debido a que en virtud de las SSCC 1130/2002-R y 1127/2003-R, el Tribunal de garantías señaló la falta de identificación de los derechos y garantías que se consideraron vulnerados, así como ausencia de precisión en el petitorio para restablecer los derechos o garantías restringidos, además, de no cumplir con los requisitos de forma y contenido establecidos en la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, otorgando a la accionante el plazo de tres días para impugnar y en caso de no presentar se archivarían obrados, notificándole el 27 de septiembre de ese año, presentando el 28 del mismo mes y año la referida objeción.