AUTO CONSTITUCIONAL 0203/2012-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0203/2012-RCA

Fecha: 27-Nov-2012

Fragmento 5

La Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución de 07/2012 de 23 de octubre, cursante de fs. 79 a 83, declaró improcedente in limine la acción de amparo constitucional, fundamentando que previo ejercicio de la acción de amparo constitucional, se debió agotar la vía judicial por encontrarse con recurso de casación; es decir se encuentra pendiente, siendo imperativo aplicar el art. 53.1 del Código Procesal Constitucional (CPCo), que dispone la improcedencia de la presente acción.