AUTO CONSTITUCIONAL 0877/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0877/2012-CA

Fecha: 30-Nov-2012

rechazó

A través de la Resolución de 29 de octubre de 2012, cursante de fs. 79 a 81,  la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, rechazó     la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, con la fundamentación, de que: a) La presente acción de inconstitucionalidad es la cuarta dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Publico y la Aduana Nacional contra Armando Caballero Triveño y otros por el delito de contrabando, contra las mismas normas art. 2 de la Ley 037, que incorpora los parágrafos II y III al art. 148 CTB, bajo los mismos fundamentos y finalidad, se aduce en todas ellas que las normas denunciadas vulneran sus derechos y garantías constitucionales, y considerando el art. 81 de CPCo, que permite la presentación de la acción por una sola vez, se hace conocer que el accionante a interpuesto la acción en cuatro oportunidades consecutivas, la primera ante el Juez Primero de Instrucción en lo Penal y las tres restantes en apelación.