SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2097/2012
Fecha: 08-Nov-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante, alega la vulneración de sus derechos a la inamovilidad laboral, a la vida, a la salud y a la seguridad social, por cuanto desde agosto de 2007, trabajó como conductora y productora del programa televisivo “Vivir a Diario” (sic) en el CEA Comunicaciones - Canal 51, actividades laborales que desarrolló durante más de cinco años, hasta que el 27 de octubre de 2011, fue despedida sin justificativo alguno, atentando de ésta manera contra la inmovilidad funcionaria de una mujer y madre de un niño menor de un año, dando lugar a que tramite su reincorporación ante la Jefatura Departamental de Trabajo de Oruro, sustanciándose tanto el recurso de revocatoria como el jerárquico en sede administrativa, derivando en la emisión de la conminatoria contenida en la instructiva 006/2011, que no fue impugnada por la parte ahora demandada y que fue ejecutoriada el 17 de febrero de 2012, sin que se hubiese cumplido con lo dispuesto en la misma.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración constitucional
- III.2. Sobre la inamovilidad de los progenitores de niños menores de un año y su reincorporación laboral
- III.3. Jurisprudencia aplicable
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 12
- III.4.2.Respecto a la inmediatez de la presente acción constitucional
- III.4.3. En cuanto a los otros derechos acusados de lesionados
- concedido
- REVOCAR