SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2099/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2099/2012

Fecha: 08-Nov-2012

el fallo del recurso debe obedecer a la certeza plena de que realmente existió o no la vulneración del derecho a la libertad física (...) certeza plena que sólo se logra con la compulsa de la prueba

            A ello, se agrega lo expresado por la SC 0315/2003-R de 18 de marzo: “…el fallo del recurso debe obedecer a la certeza plena de que realmente existió o no la vulneración del derecho a la libertad física (...) certeza plena que sólo se logra con la compulsa de la prueba…" (las negrillas fueron añadidas).

            En la misma lógica, SCP 0474/2012 de 4 de julio, señaló: “La acción de Libertad no requiere la observancia de requisitos formales y en caso que exista algún defecto u omisión de requisitos de contenido o especificación de derechos, estas omisiones deben ser superadas por el juez o tribunal que conozca la acción y que actúa en el caso concreto como juez o tribunal de garantías constitucionales.