SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2103/2012
Fecha: 11-Nov-2012
a)
El accionante por medio de sus abogados, ratificó los argumentos del memorial de demanda; y ampliándolos manifestó lo siguiente: a) No fue notificado en el amparo constitucional que derivó en la orden de desapoderamiento de su propiedad, enterándose del mismo cuando fue sacado del inmueble, lo que lesiona sus derechos, puesto que debió ser incluido como tercero interesado; presentó ante la Jueza accionada el título de propiedad y una impugnación a la decisión asumida por esa autoridad, pero la jueza accionada negó escuchar sus argumentos y ratificó el desapoderamiento en su contra; b) El Tribunal Constitucional tiene una nutrida jurisprudencia que dispone que, toda persona tiene derecho a participar en procesos en los que se pueda afectar sus derechos e intereses, así las SSCC 1422/2012, 136/2003, 137/2012; y, c) Existen treinta familias afectadas, que ya tenía sus casas construidas y habitadas, derechos que pide proteger.