SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2122/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2122/2012

Fecha: 08-Nov-2012

1)

Victoria Fuertes Flores, representante del Ministerio Público, expresó: 1) En aplicación del principio de subsidiariedad, si el accionante consideraba que el mandamiento de apremio podía generar la vulneración de sus derechos, que en el caso presente sería el de locomoción, debió solicitar a la propia Jueza, corrija o disponga la libertad o deje sin efecto el citado mandamiento y no recurrir directamente a la acción de libertad; y, 2) La opinión del Ministerio Público es que al no haber previamente recurrido a la propia autoridad que ha emitido el mandamiento de apremio, se deniegue la tutela pretendida.