SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2168/2012
Fecha: 08-Nov-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes alegan persecución ilegal y procesamiento indebido, por cuanto dentro del proceso penal que se les sigue por la presunta comisión de los delitos de acción privada, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, anuló la Sentencia emitida por el Juzgado Segundo de Sentencia Penal de El Alto, ordenando la reposición del proceso ante Juzgado de Turno por reenvio, recayendo ante el Juez Tercero de Sentencia Penal -ahora demandado-, quien luego de pronunciar la radicatoria de 11 de septiembre de 2009, sin que sean notificados legal y personalmente en sus domicilios reales, conforme al art. 163 inc. 1) del CPP, fueron declarados rebeldes por dos veces consecutivas, la primera mediante Resolución 267/2009 de 24 de septiembre y la segunda mediante Resolución 333/2011 de 15 de noviembre, que a pesar de haber interpuesto varios incidentes de actividad procesal defectuosa por falta de notificación personal, todos fueron declarados improbados. Deducida la apelación incidental por dos veces consecutivas el Juez ahora demandado no promovió ni lo sustanció dicho recurso, razón por la cual consideran que se encuentran ilegalmente perseguidos.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegando
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- II.12.
- II.19.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- Fragmento 16
- III.2. La acción de libertad y el debido proceso
- III.3. Análisis en el caso concreto
- CONFIRMAR