SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2169/2012
Fecha: 08-Nov-2012
denegó
Mediante Resolución 17/12 de 27 de septiembre de 2012, cursante de fs. 57 a 58 vta., el Juez Primero de Sentencia Penal del departamento de Santa Cruz, denegó la tutela, con el fundamento de que en el acta de audiencia de medidas cautelares, se evidencia que la parte accionante planteó apelación incidental, pidiendo se eleven obrados al Tribunal de alzada, aspecto no mencionado por la accionante en su memorial, y que provoca incertidumbre sobre el trámite de la misma, sin poder establecerse si ya se resolvió, ya que no presentó prueba que despeje la duda, por lo que a su criterio existe aún otra instancia, no teniéndose la claridad para determinar si se agotó o no la vía ordinaria, es decir en el presente caso no existe certidumbre de la vulneración de los derechos invocados por el accionante.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 10
- deben ser denunciadas ante el juez cautelar
- Primer supuesto:
- alternativamente se activan la vía ordinaria y la constitucional,
- III.3. Análisis del caso concreto
- a)
- III.3.1. Actuación del Fiscal de Materia
- III.3.2. Actuación de la Jueza de Instrucción Mixta de Yapacanì
- Fragmento 18